Preguntas Asesoría legal turística Hosteltur

Pregunta 2582 hace 4 años en Agencia de Viajes

Hola, Mi pregunta es sobre el consumo de días de paro. Estando en ERTE con la prorroga del 31 de octubre y la nueva desde 1 Febrero, se van gastando los días o como he oído en algunos casos si y en otros no según si hay despido y cuando se produce. Gracias por la respuesta. Saludos,

Respuesta por Miquel Planas Font hace 4 años

Apreciada Srta. Sonia,

 

A raíz de la pandemia provocada por el Covid-19, desde marzo 2020 se ha venido elaborando normativa en aras de proteger a los trabajadores. De este modo, el primer Real Decreto 8/2020 reconoció que todos los trabajadores afectados por un ERTE tendrían derecho a la prestación por desempleo (aunque no tuviesen tiempo mínimo cotizado para tal derecho) y, además, no consumiría paro durante el tiempo que estuviesen de ERTE derivado del Coronavirus.

 

Posteriormente, se han ido elaborando nuevos Reales Decretos que venían a proteger el desempleo y a extender estas medidas indicadas en el párrafo anterior.

 

El Real Decreto 24/2020 prolongó estos dos derechos hasta el 30 de septiembre de 2020, posteriormente el Real Decreto 30/2020 alargó el derecho a la prestación por desempleo hasta el 31 de enero de 2021, y el Real Decreto 2/2021 la amplió hasta el 31 de mayo 2021.

 

Ahora bien, la ampliación hasta el 31 de enero 2021 no contempló la parte relacionada a la no consumición de paro (solo se amplió en el sentido de tener derecho a desempleo sin tener el tiempo mínimo cotizado).

 

Consecuentemente, no se consume paro por la prestación disfrutada mientras se estaba dentro de un ERTE (bien sea de Fuerza mayor, o causas ETOP) hasta el 30 de septiembre de 2020. Pero a partir del 1 de octubre de 2020 sí que se consume paro.

 

 

Miquel Planas

Abogado

mplanas@monlexabogados.es

 

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Abogado de asesoría turística: Antonio Serra Serra Antonio Serra Serra Abogado Socio-Director y Fundador de MonLex

Licenciado en Derecho por la Universitat de les Illes Balears (1988). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 2653.

Especialización en el Área Fiscal y Contable por el Centro de Estudios Financieros de Madrid (1991).

Ejerció como abogado fiscalista en diferentes despachos. En 2002 funda MON-LEX, conjuntamente con José Antonio Fernández de Alarcón Roca, firma en la que desarrolla su actividad desde entonces.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente, impartiendo desde el inicio cursos formativos para diferentes Confederaciones Empresariales.

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Inicia su carrera profesional en Barcelona, donde se incorpora en 1997 a la oficina de Barcelona de Baker & McKenzie como abogado especialista en litigios y arbitrajes. Posteriormente se incorpora al área legal de Meliá Hotels & Resorts, desde donde ha desarrollado su carrera profesional como Directora de Gobierno Corporativo, en el área de Legal&Compliance, acreditando una notable experiencia en materias relacionadas con derecho del turismo.

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