Pregunta 2618 hace 1 año en Agencia de Viajes
Respuesta por José Antonio Fernández de Alarcón Roca hace 1 año
Estimado/a,
Los datos que expones en tu preunta no son suficietes para poder dar una respuesta concreta. Depende de su tipo de contrato, del número de horas de su jornada en cómputo semnal, de los convenios de empresa o el convenio colectivo de su sector etc ect….
La nueva reforma destierra el encadenamiento de contratos, lo que hace es definir el tiempo máximo de los contratos temporales que mantiene y que no han sido derogados. Las causas de su existencia son muy estrictas, ya no se deberían encadenar contratos como antes.
José Antonio Fernández de Alecón Roca
Abogado