Pregunta 1123 hace 8 años en Hoteles
Respuesta por Miquel Planas Font hace 8 años
Apreciada Asunción,
En virtud de las Leyes 4/1990 y 13/1995 es obligatorio facilitar los datos que se soliciten para la elaboración de las estadísticas realizadas por el instituto Nacional de Estadística (la suya en concreto, supongo será la "Encuesta de Ocupación en Alojamientos Turísticos. Establecimientos Hoteleros). En concreto, el artículo 10 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública dispone que los servicios estadísticos podrán solicitar datos de todas las personas físicas y jurídicas, nacionales y extranjeras, residentes en España debiendo todas las personas físicas y jurídicas requeridas, suministrar los datos de forma veraz, exacta, completa y dentro del plazo a las preguntas ordenadas en la debida forma por parte de los servicios estadísticos. Es más, la misma Ley dedica el Título V entero a las infracciones y sanciones en caso de incumplimiento de tales obligaciones. Oscilando la sanción más grave en 30.050,61 euros y la más leve 60,10 euros.